CASO RÍO BLANCO: ORGANIZACIONES INDÍGENAS SE MOVILIZAN EN AYABACA Y HUANCABAMBA PARA EXIGIR EL CESE DE IRREGULARIDADES EN SU DEMANDA JUDICIAL DE NULIDAD DEL INCONSULTO MEGRAPROYECTO MINERO

CASO RÍO BLANCO: ORGANIZACIONES INDÍGENAS SE MOVILIZAN EN AYABACA Y HUANCABAMBA PARA EXIGIR EL CESE DE IRREGULARIDADES EN SU DEMANDA JUDICIAL DE NULIDAD DEL INCONSULTO MEGRAPROYECTO MINERO

IIDS, abril de 2026. Siete Organizaciones Indígenas afectadas por el megaproyecto minero “Río Blanco” y que han demandado la nulidad del mismo ante el Poder Judicial, por omisión de consulta previa, han realizado una serie de acciones públicas durante los últimos días en las provincias de Huancabamba y Ayabaca. Estas movilizaciones tienen como objetivo mostrar públicamente que mantienen su rechazo al mencionado megaproyecto minero y exigen a la Corte del Poder Judicial de Piura el cese de las irregularidades procesales que afectan su caso, como manifestaron en un pronunciamiento público el pasado 9/4/2026.

El 31/01/2025, las Comunidades “Segunda y Cajas” (Huancabamba) y “Yanta” (Ayabaca), conjuntamente con Organizaciones Indígenas de nivel provincial, regional y nacional, presentaron una demanda de Amparo para que el juzgado declare nulas las concesiones mineras establecidas dentro de su territorio sin consulta previa, así como otros actos administrativos.

Denegatoria del Derecho de Fondo

Ante la Demanda, el Juzgado de Huancabamba emitió una sentencia negativa, declarándola “improcedente”, al señalar que habían pasado muchos años desde que las comunidades conocían el proyecto minero y se venían movilizando contra él. Al respecto, la defensa legal de las Organizaciones Indígenas señala que: “el juez ignoró que, cuando el agravio consiste en una omisión, como es la omisión de la consulta previa, el plazo no transcurre; según el Codigo Procesal Constitucional (art. 45.5). Con esta sentencia, el juez desconoció el Derecho a la Consulta Previa de las comunidades indígenas demandantes”.

Cuando un juez deniega una demanda los demandantes tienen derecho a que la misma sea revisada en segunda instancia, como parte de derecho al acceso a la justicia. Este derecho ha sido denegado por el Juzgado de Huancabamba debido a una irregularidad procesal del mismo.

Irregularidades procesales

A la fecha, el Juzgado de Huancabamba no ha notificado su sentencia por vía de cédula física, sino solo por vía electrónica. ¿Y por qué es importante la notificación por cédula impresa? La defensa legal explica que: “Esto es importante porque, a partir de la notificación de la sentencia por cédula física o impresa a los domicilios de las partes, recién surte efecto el plazo para apelar, según el artículo 155-E de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Y a pesar de que el Juez de Huancabamba no ha notificado debidamente la sentencia, ha dado por cerrado el caso, impidiendo que la apelación suba a Segunda Instancia para la revisión de la sentencia”. Esta irregularidad ha sido denunciada por las Organizaciones Indígenas demandantes, las que han presentado distintos recursos legales al respecto.

“Hemos ido a reclamar al Juzgado varias veces para que nos notifiquen por cédula física, como deber ser; pero no nos han hecho caso. Sentimos que el Poder Judicial no nos escucha. Y por eso nos hemos visto obligados a movilizarnos”, manifestaron los dirigentes indígenas demandantes.

El 29 de abril de 2026, delegados de la Comunidad de Segunda y Cajas realizaron un plantón frente al Juzgado de Huancabamba. A través de esta acción pública, los comuneros solicitaron dos cosas: la debida notificación física de la sentencia que el juez Culquicondor no ha realizado, y la nulidad del indebido cierre del caso. La medida se realizó de manera pacífica y con el objetivo de visibilizar una irregularidad procesal que afecta el derecho su derecho de acceso a la justicia. Sin embargo, se encontraron con un gran número de policías en la puerta del Juzgado. “Como el Juzgado sí puede llamar tantos policías, pero no puede mandar nuestra sentencia a la comunidad” dijo un dirigente en el frontis  del Juzgado.

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Plantón pacífico de delegados de la Comunidad Indígena “Segunda y Cajas” ante del Juzgado de Huancabamba el 29/04/26, quienes fueron recibidos por la policía. (Fotos: Archivo IIDS).
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El 30 de abril de 2026, la Federación Provincial de Comunidades Campesinas de Ayabaca (FEPROCCA) y la Central Única Provincial de Rondas Campesina de Ayabaca, conjuntamente con todas las Organizaciones Indígenas demandantes de la nulidad del inconsulto megaproyecto minero Río Blanco convocaron una movilización por la ciudad que terminó en una manifestación en la Plaza de la Paz, en el frontis del Santuario del Señor Cautivo de Ayabaca.

En la movilización las Organizaciones Indígenas reafirmaron su rechazoal megaproyecto minero “Río Blanco”, denunciaron las irregularidades que hay en el proceso judicial y ratificaron su compromiso de lucha hasta lograr la nulidad de dicho megaproyecto porque nunca fue consultado por el Estado y va contra su forma de vida, el ambiente, las aguas, la agricultura, la ganadería y el turismo de sanación que realizan. 

Esta movilización fue transmitida por varios medios (Red Muqui, Radio Ayabaca, Radio Laser Star 99.3fm, Radio Digital El Pueblo Habla,  entre otros).

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Ayabaca: movilización de organizaciones indígenas el 30/04/2026 por la nulidad del inconsulto megaproyecto minero “Río Blanco”.
(Fuente: Archivo IIDS)

Juzgado Civil de Piura admite “Amparo contra Amparo” el 30 de abril

El 30 de abril de 2026, el Juzgado Civil de Piura admitió a trámite un “Amparo contra Amparo” presentado por las Organizaciones Indígenas. Esta acción constitucional busca impugnar el cierre irregular del caso que dispusoso el Juzgado de Huancabamba, sin haber notificado la sentencia debidamente. La audiencia de este caso se realizará el 25 de junio del presente año.

“Es muy importante que el Juzgado haya admitido la demanda porque así un juez independiente revisará las irregularidades cometidas por el Juzgado de Huancabamba, a fin de reconducir el caso”, manifestó la defensa legal. “El objetivo de este amparo es que una Segunda Instancia pueda revisar la Sentencia de Primera Instancia que negó el Derecho de Consulta Previa a los demandantes indígenas”, complementó la defensa legal.

La admisión del caso tardó casi 5 meses, y dio lugar a una queja por retardo de justicia. “Para nosotros siempre es difícil la justicia. El Poder Judicial demora nuestros casos. Esperemos que este Juez sea integro y resuelva nuestro caso correctamente”, manifestó uno de los dirigentes indígenas.

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Representantes ronderiles en el frontis de la Corte Superior de Justicia de Piura. Fuente: Archivo IIDS.

El 1 de mayo de 2026, la Comunidad de Yanta (Ayabaca) realizó una jornada comunal. En este espacio de reflexión y organización, las y los comuneros reafirmaron tres decisiones colectivas: su rechazo al Inconsulto Megaproyecto Minero Río Blanco, su decisión soberana de prohibir el ingreso de la empresa minera a sus territorios, y su demanda de nulidad de todas las concesiones otorgadas sin consulta previa. La Asamblea comunal decidió seguir su caso judicial hasta el final a pesar de las dificultades procesales que viene encontrando. En la Asamblea también manifestaron que esta lucha viene desde hace más de 20 años y que no pararan hasta que el proyecto sea declarado nulo.

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Jornada de la Comunidad de Yanta el 1 de mayo de 2026.
Fuente: IIDS.

Las organizaciones indígenas demandantes se han pronunciado respecto a los comunicados públicos de la empresa Río Blanco S.A. La empresa ha difundido información falsa señalando que el caso estaría “totalmente cerrado” y que la demanda habría sido “promovida” por el IIDS para recibir beneficios económicos. Asimismo, circula información falsa señalando que las autoridades de FREPOCCA y las Comunidades Campesinas se habrían beneficiado ilegalmente de fondos municipales, para desprestigiar a quienes lideran este caso.

Al respecto, las comunidades y rondas campesinas demandantes reafirman que su caso ha sido presentado de manera autónoma y colectiva, por decisión de sus instancias de autogobierno comunal y que está basada en sus derechos reconocidos por Tratados Internacionales. “La empresa quiere desconocer la capacidad que tenemos para tomar nuestras propias decisiones. Nosotros tenemos libre determinación y eso es lo que defendemos en este caso”, manifestó el presidente de la Comunidad de Yanta. “Esperamos que ahora sí el Poder Judicial nos escuche”, concluyó.

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