RONDAS CAMPESINAS SE MOVILIZARON EN LIMA PARA EXIGIR RECTIFICACIÓN DE LA SENTENCIA 115/2025 DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Y DEFENDER SUS FUNCIONES JURISDICCIONALES

RONDAS CAMPESINAS SE MOVILIZARON EN LIMA PARA EXIGIR RECTIFICACIÓN DE LA SENTENCIA 115/2025 DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Y DEFENDER SUS FUNCIONES JURISDICCIONALES

IIDS. Noviembre 2025

El lunes 17 de noviembre de 2025, la CUNARC-Perú y sus bases de diversas regiones del país, se movilizaron en la ciudad de Lima en contra de la Sentencia 115/2025 del Tribunal Constitucional, la cual desconoce la autoridad jurisdiccional de las Rondas Campesinas. Además, la movilización rondera también tuvo como objeto exigir respeto a sus funciones jurisdiccionales ante distintas autoridades del Estado. Hasta la fecha, las Rondas Campesinas son denunciadas por los mismos delincuentes que intervienen y el Estado Peruano, a través de la Policía, Ministerio Público y Poder Judicial amparan a dichos delincuentes, investigando, procesando y condenando a las autoridades ronderas por 10, 15 y hasta 20 años de pena privativa de la libertad.

Las delegaciones ronderas vinieron de las regiones de San Martín, Cajamarca, La Libertad, Puno, Piura, Lambayeque, Lima, Junín, Amazonas, Lambayeque, Ancash, entre otras, en compañía de la asesoría legal del Instituto Internacional de Derecho y Sociedad (IIDS), se congregaron desde las 9am en la Plaza Dos de Mayo, punto de concentración previo al inicio de la movilización. Durante esta concentración previa, el presidente de la CUNARC-Perú, Flavio Flores Chuquipoma, dirigió un mensaje a las delegaciones, subrayando la urgencia de defender la autonomía organizativa y las funciones jurisdiccionales de las rondas campesinas. Asimismo, destacó que “los pueblos del Perú, incluso los más alejados, se han movilizado no para realizar actividades protocolares, sino para expresar su rechazo e indignación, y para exigir inclusión, respeto y oportunidades.”

Por otro lado, señaló que cada vez que las rondas intervienen frente a hechos delictivos en su territorio, muchas veces terminan siendo denunciadas ante Fiscalía, pese a actuar dentro de sus competencias reconocidas por la Constitución. Enfatizó que esta situación refleja un desconocimiento profundo, desde las autoridades de Lima, sobre la labor real de las rondas y su aporte histórico a la paz y protección de sus comunidades.

Asimismo, participaron autoridades ronderas de diversas regiones, entre ellas Johan Fernández (Cajamarca), Elizabeth Villanueva (San Martín), Santos Montalván (Piura), Roger Sandoval (La Libertad), entre otras autoridades ronderas de las delegaciones presentes, quienes reafirmaron la unidad nacional rondera frente a la criminalización y defender las funciones jurisdiccionales de las Rondas Campesinas.

La movilización tuvo como eje central el rechazo de la Sentencia N.º 115/2025 del Tribunal Constitucional, decisión que desconoce la autonomía y legitimidad de la jurisdicción especial rondera. El caso que resolvió el Tribunal Constitucional refiere a una intervención de las Rondas Campesinas de la provincia de Carabay, región Puno, contra sujetos que habían cometido feminicidio de una forma cruel. Las Rondas Campesinas actuaron con rapidez y eficacia, mientras las autoridades del Estado no pudieron dar con dichas personas. La Sentencia del Tribunal califica erróneamente la cadena ronderil como “trato inhumano” y exhorta a las rondas campesinas a limitarse a un supuesto “rol de apoyo. Las delegaciones ronderas manifestaron que esta sentencia constituye un grave retroceso en el reconocimiento constitucional de sus funciones jurisdiccionales, pues restringe indebidamente la facultad de administrar justicia dentro de su territorio, contradiciendo el artículo 149 de la Constitución, el Acuerdo Plenario N.° 1-2009/CJ-116 del Poder Judicial y los estándares internacionales de derechos de los pueblos indígenas. Por ello, la marcha buscó exigir la rectificación de estos criterios y el respeto a la justicia rondera.

Tras la concentración previa, la movilización inició su recorrido hacia las principales instituciones del Estado para ingresar los documentos que resumen sus exigencias centrales frente a la criminalización y desconocimiento de la justicia rondera. El orden del recorrido fue el siguiente:

De la plaza 2 de Mayo, la movilización rondera se desplazó hacia el Palacio de Justicia, donde exigieron el respeto pleno a su jurisdicción especial y la aplicación efectiva del artículo 149 de la Constitución y la Ley N.º 27908 – Ley de Rondas Campesinas. LEER DOCUMENTO PRESENTADO

Las delegaciones entregaron un documento formal solicitando:

  • El cese de la criminalización contra autoridades ronderas.
  • La aplicación obligatoria de los Protocolos de Coordinación entre Sistemas de Justicia aprobados por la Resolución Administrativa N.º 333-2013-CE-P-J.
  • El uso efectivo de la Ley de Amnistía N.º 27599 para archivar procesos injustos abiertos por el ejercicio legítimo de la justicia rondera.
  • Se solicitó iniciar reuniones de trabajo en conjunto para iniciar una coordinación en las regiones donde existen casos de criminalización contra las Rondas Campesinas.

En la sede del Ministerio Público, las Rondas Campesinas denunciaron al actual Fiscal de la Nación, Tomás Aladino Gálvez Villegas, de crear y coordinar con pseudo organizaciones ronderas, desconociendo la autonomía organizativa de las Rondas Campesinas y de la legitimidad de sus organizaciones, al cual lo declararon persona no grata. LEER DOCUMENTO PRESENTADO

Además de exigir respeto a las Rondas Campesinas por las investigaciones y denuncias penales de los fiscales contra las autoridades ronderas a nivel nacional, expresaron su preocupación ante la inestabilidad institucional en la Oficina de Coordinación de Asuntos de Justicia Indígena y Medios de Protección (OCAJIMP), que ha tenido cuatro encargados en un año. Por lo tanto, las Rondas Campesinas demandaron:

  • Exigieron que repongan a la anterior directora del OCAJIMP, la Fiscal Elena Carolina Delgado Manrique, con quien ya habían iniciado un trabajo de coordinación. Caso contrario, la desactivación del OCAJIMP si no va a cumplir seriamente su labor de coordinación intercultural.
  • Que no se aprueben protocolos que desconozcan la jurisdicción rondera, el artículo 149 de la Constitución, y demás normas nacionales e internacionales sobre los derechos de los pueblos indígenas.
  • Que se incorporen obligatoriamente los estándares internacionales del Convenio 169 de la OIT y las Declaraciones de la ONU y de la OEA sobre derechos de los pueblos indígenas.

En las afueras del Congreso de la República, la CUNARC-Perú recordó que este poder del Estado lleva incumpliendo el mandato del Tribunal Constitucional contenido en la Sentencia N.º 154/2021, que exige la aprobación de la Ley de Coordinación Intercultural entre la justicia ordinaria y la justicia especial. Además, exigió la priorización de los Proyectos de Ley de la Agenda de los Pueblos. LEER DOCUMENTO PRESENTADO

La movilización demandó:

  • Dictamen favorable del Proyecto de Ley N.º 546/2021-CR sobre “coordinación intercultural entre Sistemas Jurídicos de Pueblos Originarios y Afroperuanos, y Entidades del Estado.” Dicho Proyecto de Ley se encuentra en la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecología (CPAAAAE), presidida por la congresista Silvana Robles, quien se comprometió a avanzar con los Proyectos de Ley de la Agenda de los Pueblos.
  • El debate y aprobación en el Pleno del Congreso de los proyectos 552/2021-CR y 547/2021-CR, que refieren a la creación del Registro de Pueblos y la Titulación territorial integral de los Pueblos Indígenas, respectivamente.

La jornada culminó en la sede del Tribunal Constitucional, donde la CUNARC-Perú expresó de manera firme su rechazo a la Sentencia N.º 115/2025 (Exp. 01622-2022-PHC/TC).

LEER DOCUMENTO PRESENTADO

Las Rondas Campesinas manifestaron y exigieron lo siguiente:

  • Desconoce la autonomía y legitimidad de la justicia rondera.
  • Califica erróneamente la cadena ronderil como “trato inhumano”.
  • Impone un rol de “apoyo” subordinado a las comunidades campesinas, desconociendo el Acuerdo Plenario N.º 1-2009/CJ-116.
  • Las bases exigieron la rectificación de este fallo y la adopción de un enfoque intercultural acorde con los estándares de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (2007). El documento de demanda institucional fue igualmente ingresado a mesa de partes.

La CUNARC-Perú recordó que las Rondas Campesinas desempeñan desde hace más de cuatro décadas un papel decisivo en el control de la delincuencia y la corrupción dentro de su ámbito jurisdiccional, actuando con mayor eficacia que el Estado Peruano. Por ello, denunciaron que la reciente sentencia del Tribunal Constitucional representa un retroceso que afecta la autodeterminación de los pueblos originarios y agrava la criminalización de sus autoridades.

La CUNARC-Perú reafirmó que la presente movilización marca un nuevo inicio para la defensa de su autoridad rondera, y que las Rondas Campesinas se mantendrán en permanente vigilancia y movilización para garantizar el respeto de su justicia y de su autonomía.

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